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IPS ACTUALIZÓ EL CONVENIO CON EL COLEGIO DE PSICÓLOGOS Y MODIFICÓ LA MODALIDAD DE COPAGO

El afiliado abonará al profesional el 20% del copago en cada sesión y el IPS cubrirá el 80% restante. También se modificaron autorizaciones, cantidad de sesiones y atención virtual.

IPS actualizó la cobertura de las consultas psicológicas
IPS actualizó la cobertura de las consultas psicológicasFoto: Salta 360

El Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) y el Colegio Profesional de Psicólogos de Salta acordaron una actualización del convenio prestacional que introduce cambios administrativos y asistenciales en la cobertura de las prácticas psicológicas para los afiliados.

La modificación surgió a partir de una solicitud presentada por el Colegio profesional y quedó establecida mediante una adenda al convenio vigente.

Uno de los principales cambios establece que, a partir de la nueva modalidad, el afiliado deberá abonar directamente al psicólogo, en cada sesión, el 20% correspondiente al copago, mientras que el 80% restante continuará a cargo del IPS.

Desde el organismo aclararon que ese importe no constituye un arancel diferenciado ni un cobro adicional por parte del profesional, sino que corresponde al esquema de copago previsto para las prestaciones brindadas por la obra social provincial.

La nueva modalidad reemplaza mecanismos que habían sido implementados anteriormente en el marco de situaciones excepcionales o de emergencia.

Autorizaciones durante todo el mes

Otro de los cambios acordados establece que las autorizaciones de prácticas psicológicas podrán efectuarse cualquier día hábil del mes, con el objetivo de facilitar el acceso de los afiliados y simplificar los trámites administrativos.

En el caso de la psicoterapia individual, la cobertura contempla hasta cinco sesiones mensuales y 60 sesiones anuales por paciente.

También se podrán autorizar excepciones cuando exista un requerimiento debidamente fundamentado mediante informe psicológico y con autorización de Auditoría Psicológica.

Para la psicoterapia parental destinada a menores de 12 años, se estableció una cobertura de hasta 24 sesiones por año calendario, con un máximo de dos sesiones mensuales.

Cómo será la atención virtual

La actualización del convenio también regula las consultas psicológicas virtuales.

Esta modalidad podrá utilizarse cuando el afiliado resida a más de 30 kilómetros del consultorio o cuando exista una justificación médica que le impida concurrir presencialmente.

Para estos casos se incorporará una planilla específica destinada a registrar las sesiones y garantizar su trazabilidad.

Desde el IPS señalaron que las modificaciones buscan ordenar la modalidad de atención, simplificar procedimientos y brindar mayor claridad a los afiliados sobre las condiciones de cobertura de las prestaciones psicológicas.

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